¿Conoces Tus derechos al Comprar en Condominio?

Es muy importante que conozcas los derechos con que contarás al comprar Casa o Departamento en un Condominio, la mayoría al Comprar en Condominio, no consideran la variable del reglamento que regulará su hábitat y diario vivir, tanto al interior, como en el entorno del dentro del Condominio.

Por otra parte es necesario conocer los deberes, que, te veras en la obligación de asumir al Comprar en Condominio tu vivienda.

Entérate de Esto, pues, es trascendental saber qué derechos y obligaciones tienes al comprar en Condiminio.

Si estás en la búsqueda de una Casa o un Departamento y privilegias Comprar en Condominio, por la seguridad que te brinda, o por el equpamiento con que podrás contar a un valor reducido, queremos compartirte este artículo, ya que, lo mejor que ha podido ocurrir, es que derechos y obligaciones están claramente regulados por ley.

Fundamental y didáctico

Has de saber que como propietario o mejor dicho como copropietario, al comprar en Condominio, tendrás derechos en una parte privada y otra que es común, vale decir, serás dueño exclusivo de la respectiva unidad y simultáneamente, serás copropietario de los bienes de dominio común, junto a todos los demás copropietarios.

Ambos derechos son inseparables y, por lo tanto, esos derechos se entenderán comprendidos en la transferencia del dominio, gravamen o embargo de la respectiva unidad.

Los Derechos

Te contamos que es básico conocer los siguientes Derechos que tendrás como copropietario, los cuales señalaremos a continuación:

  • Usar los bienes de dominio común.
  • Solicitar el derecho a uso y goce exclusivo de determinados bienes de dominio común.
  • Solicitar junto a otros copropietarios que representen a lo menos un quince por ciento de los derechos en el condominio, la realización de una sesión de asamblea extraordinaria.
  • Solicitar al Juez de Policía Local, junto a otros copropietarios que representen a lo menos un cinco por ciento de los derechos en el condominio, la realización de una sesión de asamblea ordinaria para elegir el Comité de Administración, en caso que no lo hubiere.
  • Solicitar ante los tribunales la modificación del reglamento de copropiedad cuando contenga normas ilegales, contradictorias o manifiestamente arbitrarias.
  • Asistir a las reuniones de asamblea y participar de las decisiones.
  • Designar apoderado para que lo represente ante la asamblea.
  • Elegir y/o ser elegido como miembro del Comité de Administración.
  • Tener acceso a la documentación de la administración del condominio.
  • Ejecutar por si solo los actos urgentes de administración y conservación del condominio, mientras se proceda al nombramiento del Comité de Administración y en ausencia de administrador del condominio.
  • Participar en el acuerdo, modificación o sustitución del reglamento de copropiedad.
  • Denunciar al juez, al verse afectado, las infracciones al uso de las unidades y de los bienes comunes, por parte de otros copropietarios o usuarios.
  • Recurrir al juez si no se reunieren los quórum necesarios para sesionar o tomar acuerdos de asamblea.

Es importante destacar, que, los condominios regulados por la ley correspondiente corresponden a aquellos emplazados en zonas urbanas, que, han sido calificados como tales por la DOM (dirección de obras municpales) respectiva.  Las parcelaciones de agrado, no están con consideradas en la ley de Copropiedad, por lo que no aplican los tips de este artículo. 

¿Qué de los deberes?

Ahora bien, creemos conveniente que te informes también de la Obligaciones que te atañen como copropietario:

  • Conocer y cumplir las disposiciones de la Ley 19.537, su reglamento (D.S. Nº 46) y el reglamento de copropiedad del condominio.
  • Cumplir con los acuerdos de la Asamblea ordinaria o extraordinaria.
  • Cumplir con las indicaciones que imparta el Comité de Administración, mientras la Asamblea no disponga lo contrario.
  • Registrar en la administración su domicilio (si éste fuere distinto al de su unidad en el condominio).
  • Asistir a las reuniones de Asamblea ordinarias o extraordinarias.
  • Pagar oportunamente los gastos comunes ordinarios y extraordinarios, incluyendo la cuota correspondiente al fondo común de reserva.
  • Pagar oportunamente los valores que se le hayan fijado por concepto de uso y goce exclusivo de determinado bien común, así como pagar los costos de mantenimiento y conservación de dichos bienes.
  • Usar su unidad y los bienes de dominio común en forma ordenada y tranquila, según su destino y sin restringir ni perturbar el legítimo derecho de los demás usuarios.
  • Asegurar su unidad y la proporción que le corresponde de los bienes de dominio común, contra el riesgo de incendio.
  • La ley contiene además,  normativa respecto a prohibiciones y sanciones.

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Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. Angelica

    Interesante articulo, es importante conocer o contar con el reglamento de condominio en casas usadas? y en propiedades nuevas el reglamento lo hace el comite o la inmobiliaria?

    1. Gerencia Cima Propiedades

      Hola Angélica, gracias.

      Si es importante leer el reglamento de copropiedad, al comprar propiedad usada, ya sea, casa, oficina, departamento, etc., incluso si son condominios comerciales o industriales, que estén acogidos a la les de Condominios.

      Las inmobiliarias o quien desarrolle un proyecto de condominio, deben confeccionar el reglamento, sin embargo, éste debe ser ratificado (o modificado) posteriormente, por los condóminos o copropietarios.

      Si tienes más dudas, puedes contactarnos a nuestro wsp o email
      Saludos, contentos de ayudarte.

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